RESOLUCION Nº 51     S.G.C.M.E.R.

Paraná, 1º de Marzo de 2.011.-

 

VISTO Los Oficios Nº158 y Nº 166 presentados en fechas 11 y 21 de Febrero de 2011, respectivamente, por los que el Excmo. Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos comunica las vacantes, generadas en la Defensoría de Pobres y Menores Nº 7 de la ciudad de Paraná y en el Juzgado del Trabajo Nº3 de la ciudad de Concordia, respectivamente, y;

 

CONSIDERANDO:
     Que mediante Resoluciones Nº348/10 C.M.E.R. y Nº398/10 C.M.E.R., se llamó a Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición destinados a cubrir un (1) cargo de Defensor para la Defensoría de Pobres y Menores Nº 3 de la ciudad de Paraná y un (1) cargo de Juez para el Juzgado del Trabajo Nº 2 de la ciudad de Concordia, respectivamente, los que actualmente se encuentran en trámite, e identificados como Concursos Nº 83 y Nº123, respectivamente.
Que conforme lo establece la normativa aplicable, de producirse nuevas vacantes de la misma competencia territorial, material y de grado durante el desarrollo del concurso, se acumularán automáticamente a aquél cuyo trámite haya sido iniciado, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias, circunstancia que por otra parte fue debidamente informada en oportunidad del llamado a inscripción del concurso correspondiente.
Que en la Sesión de fecha 22 de Febrero de 2.011, el Consejo en Pleno consideró y acordó por unanimidad se efectúe la acumulación de las vacantes mencionadas facultando a ésta Secretaría General para que proceda a tal fin.
Que consecuentemente, tratándose de Defensorías y Juzgados con idéntica competencia material y territorial, corresponde registrar la acumulación automática de los cargos considerados vacantes al trámite del Concurso Público Nº83, el que en definitiva se destinará a cubrir Dos (2) cargos de Defensor para las Defensorías de Pobres y Menores Nº3 y Nº 7 de Paraná, y al del Concurso Público Nº123, el que en definitiva se destinará a cubrir dos (2) cargos de Juez para los Juzgados del Trabajo Nº 2 y Nº 3 de la ciudad de Concordia. 

Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL DEL
 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Registrar la acumulación automática de la vacante producida en el cargo de Defensor de la Defensoría de Pobres y Menores Nº 7 de la ciudad de Paraná, al trámite del Concurso Público Nº83.
ARTÍCULO 2º: Registrar la acumulación automática de la vacante producida en el cargo de Juez del Juzgado del Trabajo Nº3 de la ciudad de Concordia, al trámite del Concurso Público Nº123.
ARTÍCULO 3º: Regístrese, publíquese y archívese.

 

 

Volver